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Importación de vehículos

La importación de vehículos es una cuestión completamente regulada en España, por lo que debe llevarse a cabo siempre atendiendo a una serie de normas.

En este sentido, puede parecer una tarea compleja, pero la realidad es que no lo es tanto si se siguen los cauces adecuados. En el caso de que el coche pertenezca a un país miembro de la Unión Europea, los trámites son un poco más sencillos que si no fuera así, ya que no es necesario hacer frente al pago del arancel aduanero correspondiente.

Requisitos indispensables para la importación de vehículos usados

Los trámites de importación de autos usados son imprescindibles debido a que los residentes de España no puede conducir vehículos autopropulsados que cuenten con matrículas extranjeras. De hecho, la ley impone un plazo límite de tiempo de 30 días como máximo para proceder a la matriculación, una vez que el vehículo ha sido introducido en territorio español. Sin embargo, para aquellos casos en los que puedan surgir complicaciones, la Dirección General de Tráfico prevé la concesión de matrículas provisionales que habilitan para la circulación por las carreteras españolas.

Por su parte, la legislación es bastante más permisiva respecto al transporte del vehículo desde su país de origen hasta España. De hecho, el propietario puede elegir traerlo al territorio nacional en avión, en barco o por transporte terrestre, el cual suele ser la opción más interesante cuando la importación de coches se lleva a cabo desde otro país de la Unión Europea. Por ejemplo, contratar un camión que lleve un automóvil puede costar, aproximadamente, entre 550 y 600 euros desde Alemania. Por su parte, también es posible conducirlo, pero teniendo en cuenta el número de kilómetros, los peajes que habrá que atravesar por el camino, el tiempo invertido, el precio del billete de ida y el cambio de matriculación para circular en territorio español, no suele ser rentable.

Documentación necesaria para la importación de autos antes de entrar a España

importar coche 02

Para que el coche ingrese legalmente en España y el proceso de importar vehículos llegue a buen puerto es necesario contar con un comprobante de la propiedad. En este sentido, basta con una factura original, un contrato de compraventa o un recibo. Asimismo, es imprescindible disponer del documento nacional de identidad del vendedor y de algunos datos adicionales de contacto (número de teléfono y correo electrónico que sean verificables). Como es obvio, el propietario también deberá proporcionar su información personal a las autoridades. En el caso de que el coche proceda de otro país de la Unión Europea, deberá presentarse el Certificado de Conformidad Europea (COC) que debe ser tramitado por un centro autorizado.

Estos documentos conseguirán que no haya que pagar impuestos de aduanas, algo que sí habrá que hacer (arancel aduanero) cuando proceda de otro país ajeno a la UE. Sin embargo, el IVA (21 %) es una cuestión muy diferente ya que, si no se abona en el país de origen, habrá que hacerlo en España. En cualquier caso, Hacienda exige que se acredite este abono mediante el modelo 309 o que se pague aquí mediante el modelo 300. En el supuesto de que se trate de un vehículo de segunda mano, también hay que abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales obligatoriamente en la Agencia Tributaria. Por otro lado, mediante el modelo 576, hay que hacer frente al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Trámites necesarios para que el coche esté en regla

Importar un coche no es un proceso que acabe cuando el vehículo pisa territorio español ya que, una vez aquí, es necesario poner su situación en regla. En este sentido, lo primero que hay que hacer es someterlo a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) con el propósito de certificar que el automóvil cumple los estándares exigidos en materia de seguridad y respecto por el medioambiente que dictaminan las autoridades españolas y comunitarias. Mucho ojo con los coches procedentes de Estados Unidos ya que, generalmente, suelen tener un nivel de emisiones de dióxido de carbono mucho más elevado de lo permitido en España. En cualquier caso, para superar la ITV se exigirá que se haya contratado previamente una póliza de seguro obligatorio, así como la presentación del comprobante de propiedad del vehículo, otro del pago de aranceles y, como es obvio, el carnet de conducir del propietario.

En este caso, en las instalaciones del taller ITV al que se acuda no se exigirá la presentación del Permiso de Circulación debido, fundamentalmente, a que superar esta prueba es requisito ineludible para proceder a la matriculación del vehículo. Así que, una vez hecho, hay que ponerse en contacto con la Jefatura Provincial de la DGT que corresponda a la ciudad en la que se quiera matricular el coche y presentar, una vez más, el comprobante de propiedad del vehículo, el Certificado de Conformidad Europea (COC) y la ficha técnica del vehículo remitida en última instancia por el taller ITV en el que se haya superado la inspección. Por su parte, en caso de que haya documentos en otros idiomas, es necesario entregar una traducción jurada de todos ellos.

El valor del Impuesto de Matriculación suele variar todos los años en función de diversos factores, por lo que es complicado determinar un precio. Por ejemplo, actualmente se abonan teniendo en cuenta la tasa de emisiones de CO2 del vehículo en cuestión. Así que si esta es inferior a 120 g/km, no hay que pagar nada. Asimismo, si se sitúa entre 120 y 160 g/km, habrá que abonar un 4,75 % del valor neto del automóvil. Entre 160 y 200 g/km, el impuesto de matriculación asciende al 9,75 % y, si está por encima de 200 g/km, el 14,75 %. En cualquier caso, el propietario está obligado a abonar siempre 95,80 euros en concepto de tasas. Llegados a este punto, solo faltaría abonar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) de la ciudad en la que resida el dueño del vehículo para que el proceso de importar autos llegue a su fin y el coche pueda circular con total libertad en territorio español.

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